El proveedor objeto del contrato presenta el IVA. ¿En qué condiciones puede ser deducible el IVA soportado?

En relación con el pago del IVA, las entidades comerciales pueden ser contribuyentes y no contribuyentes. Los proveedores-pagadores de IVA están obligados a emitir facturas, en cuya presencia los compradores-pagadores de IVA pueden aceptar el monto del IVA soportado para la deducción. Las facturas se reflejan en los registros contables del impuesto sobre el IVA (Diario de facturas recibidas y emitidas y Libro de compras). Si el proveedor de objetos de valor no paga el IVA y no emite facturas, el comprador-pagador del IVA recibe estos objetos de valor al tipo "Sin IVA" y no se realizan entradas en los registros del IVA.

En el programa, puede especificar que el proveedor asigne el monto del IVA y emita facturas. Para hacer esto, use la casilla de verificación "Proveedor bajo contrato presenta IVA".

Si la casilla de verificación no está marcada, al recibir los objetos de valor en virtud de este acuerdo, la tasa "Sin IVA" se ingresará automáticamente en los documentos de recepción.

Tales entregas no se reflejan en los registros de IVA, y los informes "Disponibilidad de facturas", "Análisis del estado de la contabilidad fiscal para el IVA", "Comprobación expresa de la contabilidad" no controlan la presencia de facturas de los proveedores.

Nota

Para proveedores exentos de IVA según el art. 145 del Código Fiscal de la Federación Rusa y aquellos que emiten facturas de acuerdo con el párrafo 5 del art. 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa, se recomienda marcar la casilla "El proveedor bajo contrato presenta el IVA". En este caso, se incluirán en el libro de compras los importes a la tasa "Sin IVA", y se controlará la disponibilidad de facturas. Al mismo tiempo, debe tenerse en cuenta que en el documento de recibo, por defecto, se establecerá la tasa de IVA del libro de referencia de la lista de existencias.

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Consultas sobre el trabajo con el programa 1C

El servicio está abierto específicamente para clientes que trabajan con el programa 1C de varias configuraciones o que están en información y soporte técnico (ITS). ¡Haz tu pregunta y estaremos encantados de responderla! Un requisito previo para obtener una consulta es la presencia de un ITS Prof. La excepción son las versiones básicas del software 1C (versión 8). No necesitan contrato.

Los proveedores a menudo trabajan bajo contratos que duran varios años. Primero, el comprador paga un anticipo, el proveedor entrega los bienes a tiempo y después de un tiempo recibe el pago total. En este caso, de acuerdo con la ley, el proveedor debe hacer lo siguiente con el IVA:

  • cobrar el IVA sobre el monto del anticipo;
  • después de la entrega de los bienes, cobrar el IVA sobre el monto total del contrato, junto con el pago anticipado;
  • reembolsar el IVA del anticipo del estado.

Tomemos un ejemplo. Habrá muchos números, pero de lo contrario no funciona.

En marzo de 2017, Karl Marx LLC firmó un contrato para el suministro de bombas a Chistaya Voda LLC.

Importe del contrato 118.000 rublos: 100.000 rublos e IVA 18.000 rublos.

Pure Water pagó un anticipo de 11.800 rublos.

Del anticipo, Karl Marx debe pagar el IVA: 11.800 * 18/118 = 1.800 rublos.

En febrero de 2018, Chistaya Voda paga las bombas y paga los 106 200 rublos restantes.

Karl Marx paga el IVA sobre el monto total del contrato: 118 000*18/118 = 18 000 rublos.

Del presupuesto, "Karl Marx" reembolsa 1800 rublos, que pagó del anticipo.

Resulta que pagó el IVA: 18 000 + 1 800 = 19 800 rublos. Y luego devolvió 2124 rublos.

Como resultado, la empresa recibe 118 000 - 18 000 = 100 000 rublos. Esta cantidad estaba en el contrato sin IVA.

Todo está claro si la tasa del IVA no ha cambiado. Pero a partir del 1 de enero de 2019 será del 20%. La imagen será así:

En marzo de 2018, Karl Marx firmó un acuerdo por 18 000 rublos: 100 000 rublos e IVA 18 000 rublos.

En abril, Pure Water pagó un anticipo de 11.800 rublos.

Del anticipo "Karl Marx" paga IVA 1800 rublos.

En febrero de 2019, la tasa del IVA ya es del 20%. Pero el monto del contrato se mantuvo igual: 118,000 rublos. Pure Water paga los 106.200 rublos restantes.

Karl Marx paga el IVA sobre el monto total del contrato ya con el nuevo IVA: 118 000 * 20/120 = 19 666 rublos.

Reembolsa del estado 1800 rublos, que pagó del anticipo.

Karl Marx recibe 118 000 − 19 666 rublos = 98 334 rublos del trato. Esto es menos de lo que planeó.

Resulta que una empresa puede perder dinero por un cambio en la tasa si ha llegado a un acuerdo con un pago por adelantado. Con la redacción correcta en el contrato, esto se puede evitar.

Redacción incorrecta en el contrato.

Las empresas prescriben el valor con IVA en el contrato de diferentes maneras. Conozco al menos ocho variantes de redacción. El más peligroso es "el costo de 118,000 rublos, incluido el IVA".

Formulación significa:

al 18% de IVA → "100,000 rublos para bienes y 18,000 rublos para IVA";

al 20% de IVA → "98.330 rublos + 19.670 rublos de IVA". Es cierto que algunos abogados argumentan y dicen lo que deberían ser "100 000 rublos para bienes y 20 000 rublos para el IVA".

Es decir, con un aumento en la tarifa, la empresa recibirá menos por los bienes.

Pero es poco probable que resuelva el problema, y ​​en la corte no será válido.

Redacción segura en un contrato

En un mundo ideal, cuando cambia la tasa del IVA, la cantidad en el contrato debería recalcularse automáticamente, y los compradores deberían estar de acuerdo e inmediatamente firmar el contrato con los cambios. En la vida real, esto casi nunca sucede.

Puede acercarse al comprador, explicarle la situación y decirle que la cantidad en el contrato cambiará. Fueron 118,00 rublos, y ahora serán 120,000 rublos. Pero no el hecho de que el comprador estará de acuerdo con esto. Él puede decir: "Hay 118,000 rublos en el contrato, pagaré eso". Los abogados todavía están debatiendo si tales reclamos serían legítimos.

Mi consejo es separar el importe de la mercancía y el IVA en el contrato. Una redacción como esta funcionaría:

“El costo es de 100,000 rublos. Este costo no incluye el IVA, que el vendedor presenta adicionalmente al comprador de acuerdo con los requisitos del Código Fiscal de la Federación Rusa a la tasa vigente en la fecha de la factura.

En este caso, no se indica a qué tasa el comprador debe pagar el IVA. Cambiará - debe pagar de acuerdo con el que será válido en el momento del pago en virtud del contrato.

lado del comprador

Los compradores del sistema fiscal general probablemente no se verán afectados si aumenta el monto del IVA en el contrato. Pueden deducir este IVA y reducir el suyo.

Chistaya Voda firmó un acuerdo para la compra de bombas. El monto del contrato es de 100,000 rublos e IVA. En 2018, esto es 118,000 rublos.

Él paga las bombas en 2019, cuando la tasa de IVA ya es del 20%. Debe pagar 120.000 rublos: 100.000 rublos por bombas y 20.000 rublos por IVA.

Por 20.000 rublos, Chistaya Voda declara una deducción del IVA y reduce el impuesto. La empresa no tiene nada que perder.

El problema surge cuando un proveedor vende bienes a un cliente de forma simplificada o en UTII.

"Arkady and sons" compra bombas. Según el contrato, esto es 100,000 rublos para bombas e IVA.

Al tipo de cambio antiguo, tendría que pagar 118.000 rublos, y al tipo de cambio nuevo, 120.000 rublos.

Trabaja en lo simplista. Para él, 2000 rublos es solo un aumento en el costo de los bienes que compra.

En el ejemplo, las cantidades son pequeñas, pero los contratos pueden ser de millones. Entonces los costos adicionales de la empresa también serán significativos.

Las entradas erróneas ensucian la base de datos y se almacenan en tablas intermedias de registros de acumulación de totales. Esto ralentiza la base de datos.

A menudo, esta situación ocurre cuando el indicador "Proveedor bajo el contrato presenta el IVA" se establece en el libro de referencia "Acuerdos de contrapartes" (se establece de forma predeterminada e incluso se oculta en un grupo colapsado de elementos), y la factura para el recibo no es ingresado en la base de datos (por ejemplo, si el recibo fue sin IVA o el proveedor fue simplificado). Esta bandera se puede configurar en acuerdos con el tipo "Con proveedores", "Con un comprometido (principal) para la venta" y "Con un comisionista (agente) para la compra".

Lo primero que hay que hacer para evitar más movimientos en el registro es quitar la bandera “El proveedor bajo contrato presenta el IVA en el contrato, pero el programa no lo permitirá si los documentos ya han sido registrados bajo el contrato. Es necesario cancelar la publicación de todos los documentos "Recepción de bienes y servicios" en virtud del contrato, lo que puede ser difícil si los documentos están en un período cerrado, o pasar por alto el mecanismo de verificación. En el trámite adjunto se salta el mecanismo de verificación.

El siguiente paso es ajustar los saldos en el registro de acumulación "IVA Reclamado". Esto se puede hacer recibiendo los saldos en el reporte “Reporte Universal” según el registro “IVA Presentado” con selecciones por proveedor y contrato y agrupados por facturas. A continuación, debe crear un documento de "Operación" y realizar movimientos correctivos en él. En el procesamiento adjunto, también se implementa el ajuste de movimientos.

El procesamiento se presenta como un ejemplo de solución para eliminar la causa de aparición de asientos erróneos en el registro de acumulación "IVA Reclamado" y corregir los saldos del registro. Sin embargo, es completamente funcional y se puede utilizar para corregir el error en las bases de producción.

Campos del formulario de tramitación:

Organización- la organización para la que necesita hacer un ajuste.

contraparte- contraparte para la que se realizarán ajustes.

Tratado- el contrato de la contraparte, en el que se establece la bandera "Proveedor bajo el contrato presenta IVA".

Fecha de ajuste- la fecha en la que se verifica el registro en busca de errores y en la que se ingresa la información correctiva.

Botón "Rellenar la tabla según los datos del registro"- rellenar la parte tabular con movimientos correctores.

Botón "Borrar la bandera "Proveedor bajo contrato presenta IVA" en el contrato"- borra la bandera en el contrato, incluso si el contrato ya se ha utilizado en los documentos.

Botón de corrección de casos- escribe movimientos correctivos en el registro y crea el documento "Operación manual".

Cómo utilizar:

    Completar los campos Organización, Contraparte, Acuerdo y Fecha de Ajuste;

    Presione el botón "Desmarque la casilla "El proveedor envía el IVA según el contrato" en el contrato". Se mostrará un mensaje al completar con éxito. Se puede usar independientemente del ajuste de la caja;

    Haga clic en el botón "Complete la tabla de acuerdo con el registro" para ver las entradas correctivas;

    Presione el botón "Registrar Corrección";

    Para comprobar el resultado del ajuste, puede volver a rellenar la tabla de ajuste.

¡¡¡NUEVO!!!

Se agregó un informe que verifica la disponibilidad.

El informe está diseñado para buscar acuerdos de contraparte con el indicador "Proveedor bajo el acuerdo envía IVA", si hay entradas en el registro de acumulación "IVA enviado" con la tasa de IVA "Sin IVA".

Campos en el formulario:

Organización- la organización para la que se está construyendo el informe.

fecha- la fecha en que se realiza la búsqueda de registros incorrectos.

"Comercio: contabilidad y fiscalidad", 2010, N 2

El contribuyente del IVA está obligado a presentar al comprador de los bienes, además del precio, el importe del IVA calculado como parte de dicho precio correspondiente a la tasa del impuesto. Esta es la regla del cap. 21 del Código Fiscal de la Federación Rusa es comprensible y bien conocido por todos sin excepción. Pero su aplicación también genera dificultades en una situación en la que el precio de los bienes se establece en el contrato sin especificar la inclusión del IVA en el mismo. En el artículo, lea sobre las consecuencias fiscales para las contrapartes en una situación en la que el vendedor todavía estaba obligado a cobrar el IVA, pero no lo hizo de manera oportuna.

Según los apartados 1 y 2 del art. 424 del Código Civil de la Federación de Rusia, la ejecución del contrato se paga a un precio establecido por acuerdo de las partes, cuyo cambio después de la celebración del contrato solo se permite en los casos y en las condiciones previstas por el contrato, por la ley o en la forma prescrita por la ley. Las disposiciones del cap. 21 del Código Fiscal de la Federación Rusa requiere un pagador de IVA al vender bienes además del precio de los bienes que se venden, presentar la cantidad apropiada de impuestos para el pago al comprador de estos bienes (cláusula 1, artículo 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa). La disposición anterior de la legislación fiscal es obligatoria para las partes del contrato, por lo tanto, el contrato en sí debe cumplir con ella (cláusula 1, artículo 422 del Código Civil de la Federación Rusa). Por tanto, el vendedor, que es contribuyente del IVA, está obligado a indicar en el contrato de cobro del importe del IVA al comprador junto con el precio de la mercancía (Resolución de la FAS SKO de 14.01.2010 N A32-12191 / 2009). En esta situación, no surgirán desacuerdos: el comprador sabe exactamente qué montos se le cobrarán y que el precio de los bienes aumenta por el monto del IVA.

Cargo de impuesto adicional

En algunos casos, el precio en el contrato se establece con la cláusula "sin IVA". Obviamente, la inclusión intencional en el contrato de una condición sobre el precio sin IVA está respaldada por ciertas consideraciones del vendedor, por ejemplo, está exento de pagar IVA según el art. 145 del Código Fiscal de la Federación de Rusia o realiza transacciones que no están sujetas a impuestos sobre la base del art. 149 del Código Fiscal de la Federación Rusa. Además, los proveedores "simplificados" suelen recurrir a esta redacción en el contrato. Si el procedimiento para gravar al vendedor no cambia, no hay problemas. Sin embargo, a menudo, después de una auditoría fiscal, resulta que el vendedor no cobró injustificadamente el IVA y no lo pagó al presupuesto. En esta situación, los inspectores cobran al vendedor un impuesto adicional al precio de la mercancía y no aceptan sus argumentos sobre la aplicación de la tasa estimada.

¡Nota! El contribuyente del IVA debe:

  1. calcular el impuesto y pagarlo al presupuesto;
  2. presentar el impuesto a pagar al comprador.

El hecho es que la lista de casos en los que la tasa del IVA se determina mediante el cálculo está cerrada y no está sujeta a una interpretación amplia (cláusula 4, artículo 164 del Código Fiscal de la Federación Rusa). La obligación de pagar el IVA no se limita a la transferencia al presupuesto de los montos de impuestos recibidos de los compradores (o presentados a ellos). Los contribuyentes que infringieron lo establecido en el art. 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa, la obligación de presentar el monto del impuesto a pagar al comprador no está exenta de pagar impuestos al presupuesto (Resolución de la FAS VVO del 29.06.2009 N A17-3381 / 2008). No tienen derecho a cambiar la tasa contributiva establecida por el Código o sustituirla por la tasa estimada. La presencia o ausencia en los contratos de condiciones sobre la inclusión del IVA en el precio total de los bienes, en virtud de las disposiciones del Código Fiscal de la Federación Rusa, no afecta la obligación del contribuyente de calcular el monto del impuesto de los ingresos recibidos. de la venta de estos bienes (Resoluciones de la FAS PO de fecha 05.07. de fecha 09.04.2008 N KA-A40/8324-08, FAS ZSO de fecha 05.02.2007 N F04-2062/2007 (33287-A27-14)). El IVA, como cualquier otro impuesto, se paga a expensas de los fondos propios del contribuyente (consulte la cláusula 1, artículo 8 del Código Fiscal de la Federación Rusa, Definición del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa del 12 de mayo de 2005 N 167- O). Sólo acreditando que el impuesto estaba incluido en el precio del contrato, el vendedor tiene derecho a reclamar la aplicación de la tasa estimada. Esta declaración es cierta, en particular, para la venta de bienes a la población a precios minoristas (cláusula 6 del artículo 168 del Código Fiscal de la Federación de Rusia, Decreto del Servicio Federal Antimonopolio del Órgano Central del 26 de agosto de 2008 N A48-5068/07-18). Cuando los bienes se venden bajo un contrato de suministro, las facturas son la única prueba de que el IVA está incluido en el precio del contrato.

Por lo tanto, si el precio de los bienes se establece sin IVA en el contrato y el impuesto no se presentó al comprador, y luego resultó que la venta de los bienes debe estar gravada, entonces el vendedor está obligado a cobrar el IVA en el precio de los bienes vendidos.

Fuente de cálculo del IVA

Entonces, no se puede discutir con el deber del contribuyente de cobrar impuestos y pagarlos al presupuesto. Solo queda encontrar la fuente del impuesto. Ofrecemos tres opciones a elegir:

  • cambiar el precio del contrato, manteniendo el monto total del pago del comprador;
  • cobrar el IVA del comprador en exceso del precio establecido por el contrato;
  • pagar impuestos con sus propios fondos.

Consideremos estas opciones con más detalle.

Cambiar los términos del contrato

Algunos expertos dan a los vendedores el siguiente consejo: ofrezca al comprador modificar el contrato ya ejecutado en términos de ajuste de precios, es decir, reduzca el precio y, además, indique el IVA. Por lo tanto, el comprador no tendrá que pagar nada extra y el vendedor no tendrá que transferir impuestos al presupuesto a su cargo. Sin embargo, esta opción no debe considerarse inequívocamente beneficiosa para ambas partes de la transacción. De hecho, el derecho civil permite a las partes cambiar los términos del contrato (cláusula 1, artículo 450 del Código Civil de la Federación Rusa), sin limitar el momento de realizar cambios (antes del cumplimiento de la obligación o después de su terminación). Sin embargo, un cambio en el precio de los bienes conlleva consecuencias negativas y ciertos inconvenientes tanto para el comprador como para el vendedor. Cambiar los términos del contrato significa la necesidad de realizar cambios en los documentos primarios (cartas de porte, facturas), así como en los informes contables y fiscales. Para el vendedor, esto significa una disminución de los ingresos por ventas (y una posible pérdida), pero dado que el error cometido generó el pago excesivo del impuesto a la renta, se permite su corrección en el período actual (párrafo 3, inciso 1, artículo 54 del Código Fiscal de la Federación Rusa modificado por el actual desde 2010). Al mismo tiempo, el vendedor deberá responder en toda su extensión por el IVA atrasado. A su vez, para el comprador, una reducción del precio y la aparición de un impuesto "soportado" sobre los bienes comprados significan la necesidad de reducir los costos tomados en cuenta al calcular el impuesto sobre la renta antes, por lo tanto, existe la obligación de pagar atrasos al presupuesto. , pagar multas y presentar una declaración actualizada. La deducción del impuesto "soportado" en la factura rectificativa se puede aplicar en el período de recepción de la factura rectificativa<1>. Por lo tanto, es obvio que es poco probable que el comprador acepte voluntariamente un cambio en el precio de los bienes. Lo más probable es que una contraparte que no sea contribuyente del IVA, incluido el impuesto "soportado" en los gastos, pueda ir a la "transacción".

<1>Véase el artículo de E.V. Ermolaeva "El derecho a deducir el IVA depende del proveedor", N 12, 2009.

Ejemplo 1. La organización aplica el sistema tributario tradicional y realiza transacciones gravables y no gravables para la venta de bienes. En enero de 2010, el gerente de ventas celebró por error un acuerdo y procesó el envío de un envío de bienes, cuya venta está sujeta al IVA de manera general, sin impuestos. En el mismo mes, los bienes fueron enviados y pagados. El costo total de los bienes ascendió a 400,000 rublos. sin IVA, precio de costo - 310,000 rublos. En abril, al compilar la declaración de impuestos del 1er trimestre de 2010, el contador descubrió un error.

El gerente de ventas se dirigió al comprador con una propuesta para revisar los términos del contrato (el precio es de 400,000 rublos, incluido el IVA, 61,017 rublos). El comprador que utilizó el USNO estuvo de acuerdo y recibió nuevas copias del contrato y los documentos principales.

En la contabilidad del vendedor se harán los siguientes asientos:

Recaudación de impuestos del comprador.

Mientras tanto, un análisis de la práctica de arbitraje establecida permite alentar al vendedor: tiene derecho a recuperar del comprador el monto del IVA además del precio de los bienes, incluso si no hubo mención del impuesto en el contrato. y el importe del IVA no se presentó inicialmente al comprador.

Entonces, en el párrafo 15 de la Carta de información del Presidium del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia con fecha 24.01.2000 N 51 "Revisión de la práctica de resolver disputas bajo un contrato de construcción" se indica: el impuesto al valor agregado se recauda en el exceso del precio de la obra, si no estuviera incluido en el cálculo de este precio. Esta conclusión se hizo durante el período de vigencia de la Ley de la Federación Rusa del 06.12.1991 N 1992-1 "Sobre el impuesto al valor agregado", de conformidad con el párrafo 1 del art. 7 de los cuales la venta de bienes a empresas se realiza a precios (tarifas) aumentados por el monto del IVA. Una disposición similar figuraba en el párrafo 9 de la Carta informativa del Presidium del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación Rusa de fecha 10.12.1996 N 9 "Revisión de la práctica judicial en la aplicación de la legislación sobre el impuesto al valor agregado", pero en relación con el contrato de venta. Sin embargo, este ítem fue excluido de la Carta Informativa debido a cambios en la legislación. Mientras tanto, y durante el período de acción del cap. 21 del Código Fiscal de la Federación Rusa (según el cual el IVA se presenta para el pago además del precio), los árbitros se guían por la posición del Tribunal Supremo de Arbitraje establecida en la Carta de Información del 24.01.2000 N 51 ( Resoluciones de la FAS UO de 09.10.2008 N F10-2015/08, FAS ZSO de 15.04.2008 N F04-2091/2008 (2579-A75-16)). A pesar de que la jurisprudencia se refiere principalmente a la relación entre el contratista y el cliente, puede extenderse plenamente a otros contratos, en particular al contrato de suministro (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Lejano Oriente de 17 de julio de 2009 N F03 -3247/2009).

Opinión especial. El autor solo tiene un ejemplo a su disposición, cuando los árbitros negaron al contratista reclamar el monto del IVA al cliente en exceso del precio contractual de la obra (Resolución de la FAS VVO del 29.06.2009 N A17-3381 / 2008 ). Según el tribunal, solo es posible recuperar el IVA si el contratista era originalmente un contribuyente del IVA y tenía la intención de recibir el importe del IVA del comprador. En una situación controvertida, en el momento de la celebración del contrato, la organización pagó un impuesto único, y en la fecha de aceptación de la obra, perdió el derecho a aplicar el sistema tributario simplificado.

Las conclusiones de los árbitros, presentadas en las partes motivacionales de los actos judiciales, no permiten calificar inequívocamente el monto del IVA a pagar además del precio de los bienes. Por un lado, la obligación del comprador de pagar el IVA surge sobre la base de las normas de la legislación fiscal, los importes del IVA no se reconocen como parte integrante del precio de los bienes. Por lo tanto, los tribunales cobran cantidades de IVA superiores al precio, incluso de los clientes en virtud de un contrato estatal. Y como saben, el precio de un contrato estatal es una condición esencial del contrato, es firme y no se puede cambiar (cláusula 4.1 del artículo 9 de la Ley Federal del 21 de julio de 2005 N 94-FZ). Los árbitros señalan que el requisito de recuperar el importe del IVA del cliente no es un requisito para aumentar el precio de la obra en sí (Resolución de la FAS SKO de fecha 14.01.2010 N A32-12191 / 2009). El importe recaudado del IVA no se reconoce como coste de la obra, sino que está sujeto a cobro al cliente en virtud de indicación directa de la legislación fiscal (Resoluciones de la FAS SZO de fecha 30 de noviembre de 2009 N A05-3740/2009, FAS SKO de fecha 21 de octubre de 2008 N F08-5599 / 2008, de fecha 08.10.2008 N Ф08-5595/2008). El monto del IVA se presenta al comprador precisamente además del precio de los bienes, por lo tanto, no se produce un sobreprecio en este caso (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Región de Moscú del 09/04/2008 N KA-A40 / 8324-08 ).

Por otro lado, la obligación del comprador de pagar la mercancía al precio incrementado por el IVA es de derecho civil, surge del comprador al vendedor sobre la base de un contrato de compraventa. Así lo indicó claramente el Presidium del Tribunal Supremo de Arbitraje en el Decreto del 22 de septiembre de 2009 N 5451/09<2>: la inclusión por parte del vendedor en el precio de la mercancía vendida pagadera por el comprador del importe del IVA se deriva de lo dispuesto en el apartado 1 del art. 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa, que son vinculantes para las partes del acuerdo en virtud del párrafo 1 del art. 422 del Código Civil de la Federación Rusa, y refleja la naturaleza del impuesto mencionado como indirecto. Por lo tanto, presentado al comprador para el pago el importe del IVA forma parte del precio para la empresa pagadero al vendedor en virtud del contrato. El comprador no entra en relaciones con el Estado como sujeto de relaciones tributarias de derecho público, por lo que la conclusión de los tribunales sobre el carácter de derecho público del IVA como parte del precio de los bienes vendidos no puede considerarse justificada. En el Decreto del Servicio Federal Antimonopolio de la SZO de fecha 24 de febrero de 2009 N A21-2586/2008, se concluyó que la negativa del cliente a pagar el monto del IVA presentado por el contratista para pago adicional al precio es la base por retener el resultado del trabajo (Artículos 359, 360, 712 del Código Civil de la Federación Rusa). Además, el proveedor tiene derecho a recuperar del comprador las cantidades de IVA que no fueron presentadas inicialmente sólo dentro del plazo de prescripción general (Resolución de la FAS GUS de 25 de agosto de 2009 N A78-282/09).

<2>Para más detalles, véase el artículo de E.V. Sholomova "Consideramos la multa por pago atrasado", N 1, 2010.

Según el autor, la obligación del comprador de pagar el IVA es una parte integral de la obligación de cumplir correctamente la obligación, es decir, pagar los bienes (cláusula 1, artículo 486 del Código Civil de la Federación Rusa). En el contrato, el precio se puede especificar tanto con IVA incluido como sin él. Además, en este último caso, se entiende que, por exigencias imperativas de la legislación fiscal, el contribuyente vendedor cargará el IVA adicional y presentará otra cantidad a pagar al comprador. Sin embargo, esto no puede ser calificado como un cambio en el precio del contrato, ya que por defecto cualquier precio debe ser incrementado por el monto del IVA (independientemente de la presencia de una cláusula especial en el contrato). Esto se puede ver especialmente claro cuando se compara el precio bajo el contrato de suministro y el precio de venta al público. Entonces, si en el caso general el IVA se presenta para el pago además del precio de los bienes (cláusula 1 del artículo 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa), entonces cuando los bienes se venden a la población a precios minoristas, la cantidad del IVA está incluido en los precios indicados (cláusula 6 del artículo 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa). Tal como lo explicaron los empleados de FTS en la Carta Informativa del 06.05.2009 N NB-3768/12 "Sobre la inclusión del IVA en el pago de conexión tecnológica", el costo de los servicios para organizaciones, empresarios individuales y ciudadanos será el mismo, y el procedimiento para presentar el importe del IVA a estos compradores para su pago será diferente. Es decir, en el comercio minorista todos los precios incluyen IVA, y en el comercio mayorista se pueden definir de dos formas (sin IVA e incluido IVA). Sin embargo, las normas del derecho civil no separan el precio para la población y el precio para las organizaciones; tal distinción sólo existe en el derecho tributario. Por lo tanto, habiendo descubierto el precio de los bienes sin IVA en el contrato de suministro, el comprador debe estar dispuesto a pagar IVA adicional por encima del precio durante otros tres años.

Guía para la acción.

  • Si el proveedor indicó un precio sin IVA en el borrador del contrato, es recomendable aclarar el motivo y obtener evidencia documental de la ausencia de IVA en el costo de los bienes.
  • Si el motivo es la aplicación de un beneficio fiscal por parte del proveedor, debe evaluar de forma independiente la legalidad de su aplicación.
  • Siempre debe estar dispuesto a pagar un IVA adicional además del precio (dentro de los tres años a partir de la fecha de envío).

Ejemplo 2. Usemos las condiciones del ejemplo 1. Supongamos que la gerencia de la organización ha decidido exigirle al comprador el monto del IVA en exceso del precio de los bienes.

La organización proveedora emitirá transacciones comerciales de la siguiente manera:

Impuesto de fondos propios

Es posible que el vendedor, por alguna razón, no presente el IVA a pagar al comprador además del precio de los bienes especificados en el contrato sin tener en cuenta el impuesto (por ejemplo, no quiere perjudicar a su reputación, valora la cooperación con un comprador específico). En este caso, los montos del IVA devengado forman los propios gastos del contribuyente, pero solo en la contabilidad. A los efectos de la tributación de los beneficios, no será posible tener en cuenta dichos costes. El hecho es que el apartado 19 del art. 270 del Código Fiscal de la Federación Rusa prohíbe incluir en el cálculo de la base imponible la cantidad de impuestos presentados de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación Rusa por parte del contribuyente al comprador (adquiriente) de bienes (obras, servicios, propiedad derechos), salvo disposición en contrario del Código Tributario. Los montos considerados de IVA deberían haberse presentado a los compradores (cláusula 1, artículo 168 del Código Fiscal de la Federación Rusa). El hecho de que el vendedor no haya presentado efectivamente los montos del impuesto adicional a los compradores de los bienes no significa que éstos no estén sujetos a lo dispuesto en el párrafo 19 del art. 270 del Código Fiscal de la Federación Rusa (Resolución de FAS MO del 21 de mayo de 2009 N KA-A40 / 4466-09-2). El Decreto de la FAS SZO del 04.09.2009 N A66-7165/2008 también concluyó que al calcular las ganancias, no solo el IVA pagado por el contribuyente al proveedor al comprar los bienes, sino también el IVA pagado por el contribuyente en su propio no se tiene en cuenta el gasto en lugar de los fondos del comprador.

Por su parte, el Ministerio de Hacienda indicó que en el art. 170 del Código Fiscal de la Federación Rusa. No se proporcionan los gastos de la organización para el pago al presupuesto del IVA sobre el trabajo realizado, no presentado por las organizaciones a los compradores (clientes) y, en consecuencia, no pagado por los compradores (clientes) a las organizaciones por el trabajo realizado por ellos. por en la citada norma. En este sentido, estos gastos no se tienen en cuenta para el cálculo de la renta imponible (Carta del 06.07.2008 N 03-07-11/222).

Ejemplo 3. Usemos las condiciones del ejemplo 1. Supongamos que se decidió no contactar al comprador, sino pagar el IVA al presupuesto a expensas de los fondos propios de la organización.

Los asientos contables de la empresa serán los siguientes:

* * *

Resumamos. Una organización que es contribuyente de IVA y realiza transacciones imponibles está obligada a devengar IVA y pagarlo al presupuesto. La indicación en el contrato de suministro del precio de los bienes sin impuestos, mientras que el vendedor tiene la obligación de pagar el IVA, crea dificultades no solo para el departamento de contabilidad, sino también para el servicio de ventas. Los gerentes de ventas deberán determinar las tácticas de interacción con el comprador: cambiar los términos del contrato sobre el precio extrayendo el monto del IVA, presentar al comprador una factura con IVA adicional para el pago o pagar el impuesto por su cuenta. gastos. Con base en la información recibida, el contador tendrá que hacer asientos en la contabilidad, pero será necesario pagar el IVA al presupuesto en cualquier caso.

E.V.Emelyanova

Experto en revistas

"Comercio:

Contabilidad

y fiscalidad"

Las compras de quienes aplican la "simplificación" o están exentas de IVA suelen costar más que el precio del contrato. Después del envío, el vendedor puede perder el derecho a un trato especial o exención, o encontrar que los usó ilegalmente. Entonces se verá obligado a pagar el IVA de la mercancía que te entregue y, lo que es muy probable, intentará presentártelo para el pago e incluso cobrarlo por la vía judicial. Una cláusula especial en el contrato lo eximirá de tales reclamos.

IVA que no fue

El IVA es un impuesto que puede ser recaudado de una empresa no solo por las autoridades fiscales, sino también por sus contrapartes. El caso es que la legislación prescribe que se presente al comprador para pago adicional al precio de la transacción (inciso 1, artículo 168 del Código Tributario). Y si el vendedor no hizo esto de inmediato y luego descubrió que tenía que agregar impuestos al precio, intentará cobrar el IVA adicional al comprador.

Esto es posible si, en el momento del envío, el proveedor determinó incorrectamente el monto del IVA que se le presentó a usted como comprador, se consideró erróneamente que no pagaba este impuesto o realmente tenía derecho a no pagarlo, pero pronto lo perdió. este derecho.
Puede verificar el cálculo del impuesto que le presentó el vendedor - contribuyente del IVA. Pero para saber si tu proveedor tiene realmente derecho al régimen especial que aplica (o si tiene una exención de IVA), el comprador no puede. Mientras tanto, en cuanto a la existencia de este derecho, simplemente puede estar equivocado. Tarde o temprano, la inspección de impuestos consultará con él y le cobrará IVA adicional, incluso en su transacción con él. Aquí, los vendedores suelen recordar de inmediato que el IVA es un impuesto indirecto e intentan recuperar su monto del comprador.

Sin embargo, esto sucede a menudo sin ningún error por parte del vendedor. La situación en la que utiliza legalmente el régimen especial, y eventualmente descubre que ha sido contribuyente de impuestos "generales" durante bastante tiempo, está directamente establecida en el Código Tributario.

El vendedor perderá el derecho a pagar un impuesto único, por ejemplo, si abre una sucursal, si sus ingresos o el valor de los activos fijos e intangibles exceden los límites establecidos para la "simplificación", si como resultado de la venta de una parte del capital autorizado, la participación de las organizaciones en el mismo será superior al 25 por ciento, etc. d. (incisos 3 y 4 del artículo 346.12 e inciso 3 del artículo 346.14 del Código Tributario). La ley obliga a quienes hayan perdido el derecho a la aplicación del "impuesto simplificado" a pasar a los impuestos generales no en el momento de la infracción de las condiciones de aplicación del régimen especial, sino desde el inicio del trimestre en que ésta se produjo (cláusula 4.1). del artículo 346.13 del Código Tributario). Si una empresa que opera bajo un régimen simplificado, por ejemplo, abre una sucursal en marzo, deberá pagar impuestos generales sobre todos sus envíos a partir de enero. Aquellos que hace mucho tiempo hayan llegado a un acuerdo con dicha empresa para los envíos de enero recibirán una demanda de esta para pagar un 18 por ciento adicional al precio del contrato.

El mismo riesgo lo establece el Código Tributario, y previendo la exención del IVA en el artículo 145. El derecho a la exención se considera perdido desde el inicio del mes en que el producto exceda el volumen máximo, o si hubo venta de algún de los bienes gravables (p. 5 artículo 145 del Código Tributario).

El proveedor también puede estar equivocado sobre su derecho a la tasa de IVA del 10%. Por supuesto, a menudo está en poder del comprador disipar este concepto erróneo consultando el Código Fiscal. Sin embargo, a veces no es tan fácil determinar si el producto enviado (trabajo realizado, servicio) está o no cubierto por la tarifa preferencial. Además, las autoridades fiscales pueden tener su propia opinión sobre este tema.

En la situación bajo consideración, el vendedor querrá recibir impuestos adicionales del comprador, lo cual, en general, es lógico. En caso contrario, el IVA pasará para el proveedor de un impuesto indirecto a un impuesto sobre el volumen de negocios. Pero el comprador no tiene la culpa de que la contraparte haya cometido un error o haya perdido el derecho a un régimen especial. La oferta de pagar un 18 por ciento adicional es una sorpresa desagradable, a pesar de la posibilidad de reclamar esta cantidad para la deducción. De hecho, al decidir sobre la compra de bienes, el comprador esperaba pagar la cantidad especificada en el contrato, y no más, y procedía, entre otras cosas, de ciertas consecuencias fiscales para sí mismo. Sin embargo, si el comprador decide discutir, es poco probable que el tribunal lo apoye: la práctica del arbitraje se desarrolla a favor de los desafortunados proveedores.

Paga lo que se debe

La esencia del litigio sobre el cobro del IVA por parte de los proveedores a los compradores se reduce a resolver dos cuestiones. Primero, ¿cuál es el IVA del vendedor, parte del precio del contrato o impuesto? En segundo lugar, ¿cuál es la obligación del comprador de pagar el monto del IVA que se le presenta: derecho civil o impuesto (público, como dicen los abogados)?

Si asumimos que esta obligación es del ámbito de las relaciones jurídicas civiles, y el IVA es parte del precio del contrato, llegamos a la conclusión de que el comprador no está obligado a pagar al vendedor un IVA adicional que no estaba originalmente especificado en el contrato. Después de todo, de lo contrario significaría un cambio unilateral en el precio acordado por las partes, y esto es inaceptable (inciso 2 del artículo 424, 450 del Código Civil).

Aceptado el segundo punto de vista, se obtiene que la relación entre las partes en materia de IVA está plenamente regulada por el Código Tributario, siendo nulas las cláusulas del contrato que lo contradigan (artículos 422, 168 y 180 del Código Civil). Por lo tanto, el comprador está obligado a pagar el IVA, que el vendedor presentó, aunque sea con retraso, pero legalmente. El hecho de que una parte engañó a la otra al celebrar el contrato no importa. Después de todo, la redacción del acuerdo sobre el impuesto no es importante: la legislación fiscal tiene prioridad sobre ellos. Y el IVA no forma parte del valor contractual de la mercancía y debe pagarse al vendedor en virtud de una indicación directa de la ley.
Quienes se oponen a esta posición argumentan que las relaciones jurídicas tributarias surgen únicamente entre el contribuyente y el Estado, y entre dos contribuyentes son imposibles. Y el IVA en las relaciones entre el comprador y el vendedor no es un impuesto (como lo define el Art. 8 del Código Tributario), ya que solo puede ser un impuesto para su pagador, el vendedor. Sin embargo, estos argumentos no suelen encontrar apoyo en los tribunales.

La práctica arbitral de los últimos años reconoce con mayor frecuencia: cuando el Código Tributario obliga al proveedor a presentar el IVA al comprador, este último debe pagarlo, incluso si el impuesto no estaba inicialmente especificado en el contrato, incluso debido al uso por parte del vendedor de " simplificación" (véanse, por ejemplo, las decisiones de la FAS del Distrito de Siberia Oriental del 17 de septiembre de 2004 N A33-2354 / 04-S1-F02-3741 / 04-S2 y del 15 de marzo de 2007 N A58-3666 / 06-F02-1228/07, Distrito Noroeste del 12 de septiembre de 2007 A05-11366/2006-28 y del 30 de noviembre de 2009 N A05-3740/2009, distrito de Volga-Vyatka del 14 de agosto de 2008 N A28-2940 / 2008-121 / 4, Distrito del Cáucaso del Norte del 8 de octubre de 2008 N F08-5595 / 2008, Distrito de Siberia Occidental del 15 de abril de 2008 N F04-2091 / 2008 (2579-A75-16)).

Los tribunales reconocen el derecho del vendedor a recuperar el IVA "descubierto" de los compradores incluso si la inspección lo cobra adicionalmente durante el control, por ejemplo, recalcula los precios de transacción a precios de mercado (Decretos del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Moscú de fecha 21 de mayo de 2009 N KA-A40/4466-09-2, Distrito Noroeste de 23 de abril de 2007 N A05-10962/2006-28).

Algún consuelo para el comprador será el hecho de que pagando al proveedor el IVA, podrá deducir su importe. Sin embargo, las facturas en este caso se emitirán más tarde de cinco días después del envío, lo que está plagado de reclamos fiscales por deducción. Es cierto que los tribunales señalaron varias veces la legitimidad de la deducción (resoluciones de la FAS del Distrito Noroeste de 12 de septiembre de 2007 N A05-11366 / 2006-28 y de 23 de abril de 2007 N A05-10962 / 2006- 28, FAS del distrito de Siberia Oriental del 17 de septiembre de 2004 N A33-2354/04-C1-F02-3741/04-C2). Sin embargo, si su empresa no paga el IVA, entonces no necesita una deducción, excepto para cancelar el impuesto presentado como gastos.

A veces ni siquiera puedes contar con una deducción de consolación. Sucede que los proveedores se dan cuenta y presentan un impuesto al comprador solo después de más de tres años después del envío. Esto suele ocurrir cuando la inspección cobra adicionalmente el IVA al proveedor en función de los resultados de una inspección in situ de los últimos tres años. Luego, el vendedor pasa mucho tiempo en juicios fallidos con los inspectores, y solo entonces comienza a cobrar el IVA al comprador. Por su parte, el plazo de prescripción para la devolución de los impuestos en exceso, y por ende para la aplicación de las deducciones recién descubiertas, es de tres años (inciso 7, artículo 78 del Código Tributario).

Precio con interruptor

De una vez por todas, puedes protegerte de tales reclamaciones por parte del proveedor formulando la cláusula de precio en los contratos con los que utilicen regímenes especiales y exención de IVA de forma especial. Por lo general, en los contratos con dichos proveedores, este impuesto no se menciona en absoluto, o indican: "Sin IVA" o "El IVA no está sujeto a impuestos". Si luego resulta que, de acuerdo con la ley, el vendedor estaba obligado a presentar el IVA, entonces los tribunales consideran tales disposiciones del contrato nulas y sin efecto por ser contrarias a la ley (artículos 422, 168 y 180 del Código Civil). Al proveedor no le cuesta nada probar que el comprador está obligado a pagar un IVA adicional al precio especificado en el contrato.

Por tanto, la condición sobre el precio debe formularse de forma que en cuyo caso resulte que ya incluye un posible IVA. Esto se puede hacer especificando en el contrato que si el vendedor pierde el derecho a la "simplificación" o exención del IVA, el precio se reduce automáticamente al 84,75 por ciento del original. El 15,25 por ciento restante se convierte en IVA. Tal condición en el contrato, sin cambiar el monto adeudado por el comprador, agregará automáticamente el IVA si el vendedor descubre repentinamente que en el momento de la entrega era un pagador de este impuesto. Como resultado, resulta que el comprador ya pagó el impuesto presentado y no le debe nada más al vendedor.

Para ello lo permite el apartado 2 del artículo 424 del Código Civil. Permite cambios en el precio del contrato después de su celebración en los casos estipulados, entre otras cosas, por el propio contrato.
Por el mismo principio, puede condicionar el precio en los casos en que no esté seguro de que el vendedor esté cobrando legalmente el IVA a una tasa preferencial del 10%, o existan sospechas de que está usando ilegalmente la exención del IVA. Si, como resultado de una auditoría fiscal, resulta que se equivocó, resultará que ya le pagó el IVA a la tasa completa.

Para el proveedor, la introducción de tal condición en el contrato será bastante justa, porque el cambio de su condición de no contribuyente del IVA a la opuesta se produce por su culpa: es él quien puede exceder el ingreso máximo permitido. por "simplificar", abrir una sucursal, o equivocarse en tener derecho a no pagar el IVA. Además, tal condición es incluso beneficiosa para el vendedor: al estar obligado a cobrar el IVA "retroactivamente", lo hará con un menor costo de los bienes, lo que significa que el monto del impuesto a pagar será menor.

2. Precio del contrato.

2.1. El precio por unidad de bienes es de 100 rublos. No se cobra IVA debido a la aplicación por parte del vendedor del sistema tributario simplificado de conformidad con el Capítulo 26.2 del Código Tributario (uso por parte del vendedor de la exención del IVA de conformidad con el Artículo 145 del Código Tributario).

2.2. Las partes acordaron que si el vendedor, que no estaba reconocido como contribuyente del IVA (exento del IVA de conformidad con el artículo 145 del Código Tributario) en el momento de la celebración de este acuerdo, tiene posteriormente una base para presentar el IVA al comprador de conformidad con el párrafo 1 del artículo 168 del Código Tributario o para el cobro del monto del IVA del comprador, entonces:
1) el precio de los bienes (obras, servicios) vendidos, los derechos de propiedad transferidos, especificados en este contrato, se reducen a 84,75 rublos. por unidad de bienes sin IVA. El IVA a una tasa del 18 por ciento por unidad de bienes es de 15,25 rublos;
2) el vendedor no tiene derecho a exigir al comprador que pague el monto del IVA en exceso del especificado en el contrato, y el comprador no está obligado a pagar el monto del IVA en exceso del especificado en el contrato;
3) el vendedor está obligado, dentro de los 5 días a partir del momento en que ocurran las circunstancias especificadas en el primer párrafo del párrafo 2.2 de este contrato, a redactar de conformidad con los requisitos del artículo 169 del Código Tributario y transferir a la comprador una factura por todos los bienes entregados bajo este contrato. Por la violación de esta obligación, el vendedor está obligado a pagar al comprador una multa de 15,25 rublos. de cada artículo entregado.

Deducción inesperada

Al convertir parte del precio del contrato pagado al vendedor en IVA de esta manera, podrá reclamar libremente la deducción. Esto requiere que el vendedor le notifique los cambios en su estado fiscal, y también que elabore y le envíe una factura con el IVA asignado. Es poco probable que haga esto por su propia voluntad, por lo que tal deber debe incluirse en el contrato. Tampoco está mal prever una multa por incumplimiento de esta condición, ya que los autores del Código Tributario se olvidaron de hacerlo.

Sin embargo, primero vale la pena evaluar las consecuencias fiscales de una deducción inesperada. Es posible que sea más rentable permanecer en la "ignorancia" sobre la obligación del vendedor de pagar el IVA de los bienes entregados e ignorar la deducción. Después de todo, obtener una factura con IVA requerirá ajustes contables y un nuevo cálculo del impuesto sobre la renta, ya que el impuesto soportado anteriormente se canceló como gastos como parte del costo de los bienes comprados. Como resultado, puede haber atrasos en el pago del impuesto sobre la renta, por lo que habrá que pagar multas.

Incluso si la deducción "cubre" el aumento del impuesto sobre la renta y las multas, así como el costo de corregir la contabilidad, todavía no es un hecho que las autoridades fiscales permitan que se utilicen tan fácilmente. Están convencidos de que un vendedor que ha “volado” de un sistema “simplificado” no debe emitir facturas por sus ventas desde el inicio del presente trimestre (carta del Servicio de Impuestos Federales del 8 de febrero de 2007 N MM-6-03/ [correo electrónico protegido]).

Las autoridades fiscales se refieren a que la factura debe emitirse dentro de los cinco días siguientes a la fecha del envío (inciso 3 del artículo 168 del Código Tributario), y luego, dicen, esto no se puede hacer. Sin embargo, el Código Tributario no contiene tal prohibición. Además, este año apareció una aclaración en el párrafo 2 del artículo 169 del Código Tributario: los errores en las facturas que no impidan a las autoridades fiscales identificar al vendedor, al comprador, la tasa y el monto del impuesto no pueden ser motivo para negarse a deducir errores en facturas. Obviamente, la violación del plazo de cinco días no interfiere con nada de lo anterior. El mismo párrafo establece que la negativa a deducir sólo comportará aquellos vicios de la factura que estén asociados al incumplimiento de los requisitos de los apartados 5 y 6 de este artículo. Y la regla de "cinco días" está establecida por un artículo completamente diferente: el 168. Como puedes ver, el Código Tributario no impide una deducción inesperada, pero es posible que tengas que conseguirlo a través de los tribunales. Los contribuyentes han logrado hacer esto más de una vez (ver, por ejemplo, las resoluciones de la FAS del Distrito de Siberia Oriental del 28 de febrero de 2006 N A19-12094 / 05-33-Ф02-618 / 06-С1, del Norte -Distrito Oeste de 13 de enero de 2006 N A56-31806/04).

Nota. Impuesto del pasado
¿Qué hacer si ya se ha celebrado y ejecutado un contrato sin una cláusula de reducción de precio, y el proveedor de repente le exige que pague un 18 por ciento adicional en forma de IVA? Trate de impugnar sus afirmaciones en los tribunales. Y aunque, como ya se mencionó, los tribunales a menudo se ponen del lado de los vendedores, a veces los compradores aún logran ganar la disputa.

Entonces, el Tribunal Federal de Arbitraje del Distrito Volga-Vyatka decidió una vez: un proveedor que aplicó ilegalmente el "impuesto simplificado" y, por lo tanto, no incluyó el IVA en el costo de los bienes suministrados, debe pagarlo a su cargo y no tiene derecho a recuperar del comprador. Los jueces señalaron que el vendedor puede cobrar el IVA solo si inicialmente, en el momento de la transacción, era un contribuyente del IVA y tenía la intención de recibir el impuesto del comprador (Decreto de 29 de junio de 2009 N A17-3381 / 2008). Este caso tenía una particularidad: al concluir la transacción, el proveedor justificó el alto precio del contrato precisamente por el hecho de que aplica la "simplificación" y no puede deducir el IVA soportado.

El Tribunal Federal de Arbitraje del Distrito del Lejano Oriente también se negó de alguna manera a cobrar el IVA del comprador al vendedor que no presentó el impuesto durante la ejecución de la transacción, porque creyó erróneamente que estaba exento de pagarlo, (decreto de marzo 21, 2007 N F03-A04/06-2/5386). El propio vendedor tiene parte de culpa por el resultado de esta disputa ... Exigió que el comprador no pague el IVA, sino que compense el monto de la pérdida que le causó la falta de pago del impuesto presentado. Sin embargo, los daños sólo pueden recuperarse en caso de conducta ilícita del deudor y exista una relación de causalidad entre la infracción y los daños.

Además, recientemente, los compradores tienen un argumento adicional en forma de una decisión del Tribunal Supremo de Arbitraje con fecha 22 de septiembre de 2009 N 5451/09. Se trata de una disputa diferente (sobre cómo calcular la sanción: del precio de los bienes, incluido el IVA, o del precio "despejado"), pero contiene una importante conclusión general. Según los más altos jueces, el IVA forma parte del precio del contrato. En otras palabras, un proveedor que descubre que tuvo que pagar el IVA en una transacción con usted ya lo ha recibido, como parte del precio del contrato. No tiene derecho a presentarle cantidades superiores al precio fijado originalmente en el contrato. Por lo tanto, insista en que el precio de la transacción ya incluía el IVA, ya que luego resultó que el vendedor era su pagador.

Otra forma de proteger los intereses del comprador abre el artículo 451 del Código Civil. Llama a la causal de revisión del contrato un cambio significativo en las circunstancias de las que partieron las partes al celebrarlo. Este artículo se aplica cuando las circunstancias han cambiado de tal manera que, si las partes hubieran podido preverlo, habrían celebrado el contrato en términos diferentes o se habrían negado a tratar en conjunto. De acuerdo, un aumento en la obligación monetaria con el vendedor en un 18 por ciento en comparación con los términos contractuales es un "cambio significativo en las circunstancias". Si el comprador hubiera sabido que le esperaba tal "sorpresa", habría rechazado por completo el contrato. Por lo tanto, tiene derecho a insistir en revisar el contrato y reducir el precio al 84,75 por ciento del original. Un proveedor que no desee reducir el precio puede ser obligado por el tribunal a obedecer la ley (párrafo 2 del artículo 451 del Código Civil).

E. Pustinina
Revista "Cálculo"

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